Legislación Chilena ALA/CFT
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Ley Nº19.913
La Ley N° 19.913, publicada en el Diario Oficial el 18 de diciembre de 2003, y que entró en vigencia el 17 de mayo de 2004, creó la Unidad de Análisis Financiero (UAF) y modificó diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos.
Lo anterior, ante la necesidad de contar en el país con una institución especializada, y con funciones apropiadas, para prevenir y controlar el lavado o blanqueo de activos, con el objetivo de impedir la utilización del sistema financiero, y de otros sectores de la actividad económica, para legitimar ganancias ilícitas.
Entre sus modificaciones destacan la del 31 de agosto de 2006 con la entrada en vigencia de la Ley N° 20.119 que, entre otras materias, amplió el universo de entidades obligadas a informar a la UAF sobre operaciones sospechosas de lavado de activos (LA), y estableció sanciones administrativas, de acuerdo con la gravedad y reiteración de los hechos materia de la infracción cometida.
En tanto, el 18 de febrero de 2015 se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 20.818, que perfecciona los mecanismos de prevención, detección, control, investigación y juzgamiento del delito de lavado de activos, introduciendo con ello importantes modificaciones a la Ley N° 19.913. Entre ellas, se amplió el catálogo de delitos base de LA, se incorporó a todo el sector público como sujeto obligado a informar operaciones sospechosas de LA y financiamiento del terrorismo, y se modificó el umbral de los Reportes de Operaciones en Efectivo (ROE) desde UF 450 a USD 10.000.
Descargar Ley Nº19.913 (última modificación, 4 septiembre 2024, con Ley N°21.694) (121 KB)
Law 19.913, until september 2024 (217 KB)
Infracciones y sanciones
La Ley N° 19.913, en sus artículos 19 y 20, detalla un conjunto de infracciones y sus respectivas sanciones, aplicables a las personas naturales y jurídicas supervisadas por la UAF que incumplan sus obligaciones legales:
- Infracciones y sanciones leves: corresponden al incumplimiento de las instrucciones que la Unidad de Análisis Financiero imparte a través de circulares. Las sanciones aplicables van desde una amonestación a una multa que puede ascender hasta UF 800.
- Infracciones y sanciones menos graves: corresponden al incumplimiento de las obligaciones relacionadas con el Reporte de Operaciones en Efectivo y la mantención de registros, detalladas en los artículos 4º y 5º, Respectivamente, de la Ley N° 19.913. La sanción aplicable va desde una amonestación a una multa de hasta UF 3.000.
- Infracciones y sanciones graves: corresponden al incumplimiento de la obligación legal de entregar información y/o de remitir Reportes de Operaciones Sospechosas, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 2º letra b y 3º de la ley N° 19.913. La sanción aplicable va desde una amonestación a una multa de hasta UF 5.000.
Política de Supervisión con un Enfoque Basado en Riesgos de LA/FT/FP (309 KB)
Política Sancionatoria (299 KB)