viernes, 12 de febrero de 2016
La Unidad de Análisis Financiero podrá recomendar la inclusión o exclusión de personas, grupos, empresas o entidades en las listas elaboradas por los Comités del Consejo de Seguridad de la ONU establecidos en virtud de las Resoluciones 1267 (1999), 1989 (2011) y 1988 (2011), y el Ministerio de Relaciones Exteriores se lo podrá proponer a dichos Comités.