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miércoles, 2 de enero de 2013

Solo se mantendrán vigentes 17 circulares anteriores

EL 1 DE ENERO COMENZÓ A REGIR LA CIRCULAR N° 49 DE LA UAF, QUE ESTANDARIZA LA NORMATIVA ANTILAVADO DE ACTIVOS

La nueva normativa no impone exigencias distintas a las ya existentes, sino que facilita a los regulados la comprensión y el cumplimiento de sus obligaciones legales para prevenir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo en Chile.

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La Circular N° 49 mantiene la obligación de enviar a la UAF los reportes ROE y ROS.

A partir del 1 de enero de 2013 entró en vigencia la Circular N° 49 de la UAF, que estandariza la normativa antilavado de activos vigente en Chile, con el propósito de facilitar el cumplimiento de las obligaciones legales de los 36 sectores económicos regulados por el organismo.

La Circular N° 49, que fue anunciada a principios del mes pasado, no impone nuevas obligaciones a las entidades supervisadas por la institución. Por el contrario, todos los sujetos obligados por la Ley Nº 19.913 a informar a la UAF mantendrán las mismas obligaciones, plazos y procedimientos actuales, pero en lugar de contar con múltiples normas sectoriales, dispondrán de un documento claro, uniforme y sistematizado para el cumplimiento de sus obligaciones.

De esta forma, los regulados deben seguir enviando Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) y Reportes de Operaciones en Efectivo (ROE) -estos últimos en las mismas fechas previamente establecidas para ello-, entre otras obligaciones vigentes.

Con la entrada en vigencia de la Circular N° 49, a partir de enero próximo serán derogadas una serie de circulares anteriores, quedando vigentes solo las N° 6, 7, 11, 12, 16, 17, 18, 19, 24, 34, 35, 36, 40, 41, 42, 46 y 47.

Puede descargar aquí la Circular N° 49. Asimismo puede revisar las Preguntas Frecuentes, en el mismo portal, y enviar sus consultas completando el Formulario de Contacto, en la sección Contáctenos.

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Nombre del ArchivoDescarga
Circular_UAF_49.pdfDOC (0,63 MB)

 

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