Todas las operaciones en efectivo que superen los US$ 10.000 deberán ser informadas a la UAF.
El director de la Unidad de Análisis Financiero (UAF), Javier Cruz, se mostró este martes satisfecho por la aprobación en la Sala de la Cámara de Diputados del informe de Comisión Mixta del proyecto que autoriza el levantamiento del secreto bancario en investigaciones de lavado de activos, correspondiente al Boletín 4426-07.
Lo anterior, debido a que después de 8 años de trámite legislativo, la iniciativa está pronta a ser despachada por el Congreso Nacional, quedando pendiente sólo su ratificación en el Senado.
“La aprobación de este proyecto es de suma importancia para el país, ya que acerca nuestra legislación a los estándares internacionales de prevención, detección y persecución del lavado de dinero y del financiamiento del terrorismo. Desde el año 2006 que no se actualizaba nuestra normativa al respecto, por lo que el proyecto aprobado este martes subsana algunos vacíos que teníamos, y que organismos tales como el Grupo de Acción Financiera de Sudamérica (Gafisud, hoy Gafilat) nos habían advertido en sus evaluaciones a Chile de los años 2006 y 2010”, dijo el director de la UAF, Javier Cruz.
En este sentido, destacó que la iniciativa refuerza el compromiso de Chile de combatir los delitos fiscales desde todos sus ángulos, tal como lo promueve la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
Puntualizó que el proyecto no sólo amplía el listado actual de instituciones privadas que deben reportar a la UAF sobre operaciones sospechosas de lavado de activos, sino que también establece que deberán hacerlo respecto del financiamiento del terrorismo, medida a la que se sumarán las superintendencias, servicios y órganos de la Administración del Estado.
Asimismo, el cuerpo legal:
a)permite que el Ministerio Público pueda solicitar, bajo autorización de un juez de garantía, antecedentes sobre cuentas corrientes bancarias de personas que sean objeto de una investigación por lavado de dinero y/o financiamiento del terrorismo;
b)actualiza de UF 450 a US$ 10.000 (o el equivalente en pesos chilenos) el monto de las operaciones en efectivo que los sujetos obligados deben informar a la UAF;
c)faculta al Servicio Nacional de Aduanas para aplicar la retención de hasta un 30% de la moneda en efectivo superior a US$ 10.000 no declarada por una persona al momento de ingresar al país, o del 100% de los instrumentos negociables al portador no declarados;
d)permite el congelamiento y retención de activos de las personas vinculadas al financiamiento del terrorismo, que se encuentren listadas como terroristas por Naciones Unidas; y
e)perfecciona el listado de delitos base de lavado de dinero de la ley N° 19.913, agregando el delito tributario, el contrabando, la estafa, los delitos en contra de la propiedad intelectual, y la asociación ilícita, entre otros.
Respecto del delito tributario, el director de la UAF explicó que, durante el trámite en Comisión Mixta, los parlamentarios aprobaron (por unanimidad) incluir el delito contemplado en el inciso tercero del Nº 4 del artículo 97 del Código Tributario, que afecta a quienes simulen una operación tributaria o realicen una maniobra fraudulenta, y obtengan una devolución de impuestos que no corresponda.
“El Grupo de Acción Financiera en Contra del Lavado de Dinero (GAFI) ha dispuesto que los países consideren los delitos fiscales como delitos determinantes de lavado de dinero. Por eso valoramos que la Cámara de Diputados haya aprobado el informe de la Comisión Mixta, que incluyó el delito tributario entre los delitos base del lavado de activos”, concluyó Javier Cruz.