La Circular N° 56 se encuentra disponible en este sitio web, menú LEGISLACIÓN CHILENA ALA/CFT, sección NORMATIVA UAF.
La Unidad de Análisis Financiero distribuyó la Circular UAF N° 56 que define la periodicidad del Reporte de Operaciones en Efectivo (ROE) que deben enviar a la UAF las bolsas de valores y las bolsas de productos, así como cualquier otra bolsa que en el futuro esté sujeta a la supervisión de la Superintendencia de Valores y Seguros; las organizaciones deportivas profesionales, regidas por la Ley N° 20.019; las cooperativas de ahorro y crédito; las representaciones de bancos extranjeros, y las empresas de depósito de valores regidas por la Ley N° 18.876
Las bolsas de valores y las bolsas de productos, así como cualquier otra bolsa que en el futuro esté sujeta a la supervisión de la Superintendencia de Valores y Seguros; las cooperativas de ahorro y crédito; las representaciones de bancos extranjeros en Chile, y las empresas de depósito de valores regidas por la Ley N° 18.876, deberán informar trimestralmente a la UAF, durante los primeros 10 días hábiles de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año, las operaciones en efectivo que realicen sobre USD 10.000, o su equivalente en pesos chilenos, según el valor del dólar observado el día en que se realizó la operación.
En tanto, las organizaciones deportivas profesionales, regidas por la Ley N° 20.019, deberán hacerlo semestralmente, durante los primeros 10 días hábiles de los meses de enero y julio de cada año.
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