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lunes, 16 de octubre de 2017

TALLER UNAC-UAF ANALIZA LA PERSECUSIÓN PENAL DE LOS DELITOS DE CORRUPCIÓN PRECEDENTES DE LAVADO

Durante el encuentro se analizaron los delitos de fraude al fisco, negociación incompatible, malversación de caudales públicos, cohecho y soborno (a empleado público chileno y a funcionario público extranjero).

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Hernán Fernández, subdirector de la UNAC.

Con el objetivo de contribuir a la prevención e investigación de los delitos funcionarios contemplados en el Código Penal, que son precedentes de lavado de activos, la Unidad Especializada Anticorrupción (UNAC) del Ministerio Público dictó un taller para los funcionarios de la Unidad de Análisis Financiero (UAF), que se realizó los días 3, 5 y 10 de octubre de 2017.

Lo anterior, considerando la prioridad que tienen, en la persecución penal, las conductas ilícitas cometidas por funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos, o aquellas que afectan el patrimonio fiscal, toda vez que el fenómeno de la corrupción trae aparejado graves consecuencias para las democracias, tal como lo reconocen diversos instrumentos internacionales ratificados por Chile en contra de este flagelo (a saber, Convención Interamericana de la OEA contra la Corrupción, Convención de la OCDE para Combatir el Cohecho a Funcionarios Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales, y Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción).

En este contexto, los abogados asesores de la UNAC Claudia Ortega, Nelson Castro, Angélica Torres, Alejandro Litman y Yelica Lusic, detallaron los bienes jurídicos protegidos y las técnicas de investigación (fuentes y levantamientos de información, elaboración de perfiles patrimoniales, pericias, etcétera) de los delitos de corrupción, tales como el fraude al fisco, la negociación incompatible, la malversación de caudales públicos, el cohecho y el soborno (a empleado público chileno y a funcionario público extranjero).

Por su parte, el subdirector de la UNAC, Hernán Fernández, se refirió a la responsabilidad penal de las personas jurídicas respecto de los delitos previstos en el artículo 27 de la Ley N° 19.913 (lavado de activos), en el artículo 8° de la Ley N° 18.314 (financiamiento del terrorismo) y en los artículos 250, 251 bis (cohecho a empleado público y a funcionario público extranjero) y 456 bis A (receptación) del Código Penal (CP).

El taller concluyó el jueves 12 de octubre con la exposición de la encargada de Asuntos Internacionales de la UAF, Carolina Rudnick, sobre los tipos penales de la trata de personas (artículo 411 quáter del CP) y el tráfico de migrantes (artículo 411 bis del CP) y su consideración como delito base de lavado de activos.

 

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