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jueves, 31 de enero de 2019

UAF PONE EN CONSULTA MODIFICACIONES A NUMERALES III, V y IX DE LA CIRCULAR N°49, DE 2012

Comentarios sobre las materias de Debida Diligencia y Conocimiento del Cliente (DDC), transferencias electrónicas de fondos y de los países y jurisdicciones de riesgo, se recibirán hasta el miércoles 6 de marzo de 2019.

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La Unidad de Análisis Financiero (UAF) informa que, en el marco de la facultad establecida en el literal f) del artículo 2 de la Ley N° 19.913, que le permite “Impartir instrucciones de aplicación general a las personas enumeradas en los artículos 3°, inciso primero, y 4°, inciso primero, para el adecuado cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Párrafo 2° de este Título, pudiendo en cualquier momento verificar su cumplimiento”, a contar de hoy pone a disposición para comentarios de las entidades reportantes privadas, la propuesta de modificación de los numerales III, V y IX de la Circular UAF N°49, del 3 de diciembre de 2012.

Dichos numerales se refieren a la Debida Diligencia y Conocimiento del Cliente (DDC),  transferencias electrónicas de fondos, y a los países y jurisdicciones de riesgo, y sus modificaciones están dirigidas a todas las personas naturales y jurídicas señaladas en el artículo 3°, inciso primero, de la Ley N° 19.913.

Los comentarios y/o consultas que los sujetos obligados tengan sobre el contenido de esta propuesta se recibirán hasta el miércoles 6 de marzo de 2019, únicamente a través de la casilla de correo electrónico circularenconsulta@uaf.cl

Los comentarios recibidos serán procesados, pero no respondidos por la UAF.

El documento se encontrará disponible en www.uaf.cl, sección Legislación Chilena ALA/CFT, subsección Normativa en Consulta, hasta el 6 de marzo de 2019.

 

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