Antes del 31 de octubre de 2017, los ministerios y servicios públicos del Estado, intendencias, gobernaciones y municipalidades deben formular Manuales de los Sistemas Preventivos de LA/FT/DF.
Relevar los avances de la implementación de sistemas preventivos en las instituciones públicas, fue el objetivo del Taller que se realizó el jueves 28 de septiembre en dependencias de la Tesorería General de la República.
El encuentro, organizado por la Unidad de Análisis Financiero (UAF), reunió a los auditores de los servicios relacionados y dependientes del Ministerio de Hacienda.
El tesorero General de la República, Hernán Frigolett, aprovechó la oportunidad para saludar a los auditores de Hacienda. A su turno, el director de la UAF, Javier Cruz, recordó que, desde febrero de 2015 (fecha de publicación de la Ley N° 20.818, que introdujo importantes modificaciones a la Ley N° 19.913 que creó la UAF), las superintendencias y los demás servicios y órganos públicos señalados en el inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, están obligados a informar a la UAF sobre las operaciones sospechosas que adviertan en el ejercicio de sus funciones.
Para ello, el Ministerio de Hacienda, a través del Oficio Circular N°20, del 15 de mayo de 2015, distribuyó a todos los ministerios y servicios públicos del Estado, intendencias, gobernaciones y municipalidades, una Guía de Recomendaciones para la Implementación de un Sistema Preventivo contra el Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo y los Delitos Funcionarios (LA/FT/DF).
En este contexto, se definieron 5 Hitos. En la actualidad se desarrolla el quinto, cual es la formulación de Manuales de los Sistemas Preventivos de LA/FT/DF en el sector público, cuyo cumplimiento debe ser informado al Consejo de Auditoría General de Gobierno (CAIGG) antes del 31 de octubre de 2017.