Con el objetivo de que los países apliquen de manera efectiva las medidas legales, reglamentarias y operativas de lucha contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo y el de la proliferación (LA/FT/FP), el GAFI colabora constantemente con ellos y sigue de cerca la implementación de sus planes para resolver las deficiencias estratégicas detectadas en sus sistemas para prevenir y combatir el LA/FT/FP, dentro de los plazos acordados.
En línea con ello, el GAFI elabora las siguientes listas:
1.- Lista “negra” de jurisdicciones de alto riesgo sujetas a un llamado a la acción: Se trata de jurisdicciones con importantes deficiencias estratégicas para contrarrestar el LA/FT/FP, ante lo cual el GAFI llama a todos sus miembros e insta a todas las jurisdicciones a:
Aplicar medidas de debida diligencia reforzadas, proporcionales a los riesgos que surgen de la jurisdicción.
Aplicar contramedidas para proteger al sistema financiero internacional.
Para conocer la lista negra del GAFI pinche AQUÍ
2.- Lista “gris” de jurisdicciones bajo mayor seguimiento: Se trata de jurisdicciones que están trabajando activamente con el GAFI para abordar las deficiencias estratégicas en sus regímenes para contrarrestar el LA/FT/FP, y que se han comprometido a resolverlas rápidamente dentro de los plazos acordados. El GAFI alienta a sus miembros y a todas las jurisdicciones a tener en cuenta la información de dichos países en sus análisis de riesgos.
Para conocer la lista gris del GAFI pinche AQUÍ
Destacar que, de acuerdo con la normativa UAF, los sujetos obligados deben aplicar medidas de DDC Reforzada a las transacciones que eventualmente realicen con países o jurisdicciones que se encuentren bajo proceso de seguimiento del GAFI. Adicionalmente, deben aplicar contramedidas a las transacciones que eventualmente realicen con países o jurisdicciones cuando el GAFI haga un llamado en tal sentido.
La información obtenida derivada del proceso de revisión de estos datos debe ser analizada, a objeto de determinar si procede o no informar de la operación a la UAF, a través de un Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS).
En un informe publicado el año 2000, la OCDE identificó una serie de jurisdicciones como paraísos fiscales, o países no cooperantes o no comprometidos con los estándares de transparencia e intercambio de información fiscal. Sin embargo, desde el año 2000, todas esas jurisdicciones han asumido con la OCDE compromisos formales con la transparencia y el intercambio de información, y han establecido calendarios para implementarlos.
Como resultado, el Comité de Asuntos Fiscales de la OCDE no tiene, en la actualidad, a ninguna jurisdicción listada como paraíso fiscal o país no cooperante.