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Unidad de Análisis Financiero - UAF Chile

Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI)


Con el objetivo de que los países apliquen de manera efectiva las medidas legales, reglamentarias y operativas de lucha contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo y el de la proliferación (LA/FT/FP), el GAFI colabora constantemente con ellos y sigue de cerca la implementación de sus planes para resolver las deficiencias estratégicas detectadas en sus sistemas para prevenir y combatir el LA/FT/FP, dentro de los plazos acordados.

En línea con ello, el GAFI elabora las siguientes listas:

1.- Lista “negra” de jurisdicciones de alto riesgo sujetas a un llamado a la acción: Se trata de jurisdicciones con importantes deficiencias estratégicas para contrarrestar el LA/FT/FP, ante lo cual el GAFI llama a todos sus miembros e insta a todas las jurisdicciones a:

  • Aplicar medidas de debida diligencia reforzadas, proporcionales a los riesgos que surgen de la jurisdicción.

  • Aplicar contramedidas para proteger al sistema financiero internacional.

Para conocer la lista negra del GAFI, a octubre 2025, pinche AQUÍ


2.- Lista “gris” de jurisdicciones bajo mayor seguimiento: Se trata de jurisdicciones que están trabajando activamente con el GAFI para abordar las deficiencias estratégicas en sus regímenes para contrarrestar el LA/FT/FP, y que se han comprometido a resolverlas rápidamente dentro de los plazos acordados. El GAFI alienta a sus miembros y a todas las jurisdicciones a tener en cuenta la información de dichos países en sus análisis de riesgos.

Para conocer la lista gris del GAFI, a octubre 2025, pinche AQUÍ


Destacar que, de acuerdo con la normativa UAF, los sujetos obligados deben aplicar medidas de DDC Reforzada a las transacciones que eventualmente realicen con países o jurisdicciones que se encuentren bajo proceso de seguimiento del GAFI. Adicionalmente, deben aplicar contramedidas a las transacciones que eventualmente realicen con países o jurisdicciones cuando el GAFI haga un llamado en tal sentido.

La información obtenida derivada del proceso de revisión de estos datos debe ser analizada, a objeto de determinar si procede o no informar de la operación a la UAF, a través de un Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS).

 

Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE)


En un informe publicado el año 2000, la OCDE identificó una serie de jurisdicciones como paraísos fiscales, o países no cooperantes o no comprometidos con los estándares de transparencia e intercambio de información fiscal. Sin embargo, desde el año 2000, todas esas jurisdicciones han asumido con la OCDE compromisos formales con la transparencia y el intercambio de información, y han establecido calendarios para implementarlos.

Como resultado, el Comité de Asuntos Fiscales de la OCDE no tiene, en la actualidad, a ninguna jurisdicción listada como paraíso fiscal o país no cooperante.