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Unidad de Análisis Financiero - UAF Chile

El artículo 3, inciso sexto, de la Ley N°19.913 señala expresamente que las superintendencias y los demás servicios y órganos públicos señalados en el inciso segundo del artículo 1º de la Ley Nº18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, están obligados a informar a la Unidad de Análisis Financiero (UAF) las operaciones sospechosas que adviertan en el ejercicio de sus funciones. 

De acuerdo con el artículo 1°, inciso segundo, de la Ley Nº18.575, la Administración del Estado está constituida por “los ministerios, las intendencias, las gobernaciones y los órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa, incluidos la Contraloría General de la República, el Banco Central, las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Orden y Seguridad pública, los Gobiernos Regionales, las Municipalidades y las empresas públicas creadas por ley”. 

Sin embargo, el artículo 90 de la Ley N°18.840, Orgánica Constitucional del Banco Central de Chile, dispone que no se aplicarán al BCCh el DL N°1.097 de 1975; el DFL N°252 de 1960, salvo sus artículos 36, 83, N°4 y 13, 83 bis, 114, letra a), 120, 126, 127 y 129, ni la Ley N°18.575.

Por tanto, las instituciones que están obligadas a reportar operaciones sospechosas a la UAF son:

  • Contraloría General de la República.

  • Empresas Públicas creadas por ley.

  • Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad.

  • Gobiernos regionales.

  • Ministerios

  • Municipalidades.

  • Órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa.

  • Superintendencias.

¿Cómo inscribirse en la UAF?


Para inscribirse en la UAF, el jefe superior del Servicio o máxima autoridad de la institución pública o municipalidad, debe ingresar a “Registro en Línea” de esta web, o al Portal de Entidades Reportantes, y completar los campos allí solicitados, adjuntando el acto administrativo del nombramiento del funcionario responsable de relacionarse con la UAF (oficial de cumplimiento).

Una vez que la UAF recibe los datos, y valida su veracidad y completitud, envía una clave de acceso al correo electrónico del funcionario responsable designado. 

Con dicha clave se puede ingresar al Portal de Entidades Reportantes y, con ello, cumplir con la obligación legal de reportar operaciones sospechosas y acceder a las actividades de capacitación de la UAF.