Instituciones públicas
Sistemas Preventivos Antilavado
Con el objetivo de prevenir que el sector público pueda ser utilizado para la comisión de actos ilícitos, y para lograr una correcta aplicación de la Ley N° 19.913, el Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet lanzó, en mayo de 2015, la Agenda para la Transparencia y la Probidad en los Negocios y la Política (http://www.lasnuevasreglas.gob.cl), entre cuyas 14 medidas administrativas se consideró el desarrollo de sistemas preventivos antilavado de dinero y anticorrupción en los servicios públicos.
A través de los Oficios Circulares N°20/2015 y N°14/2016, el Ministerio de Hacienda distribuyó a todos los ministerios y servicios públicos del Estado, intendencias, gobernaciones y municipalidades una Guía de Recomendaciones para la Implementación de un Sistema Preventivo contra los Delitos Funcionarios, el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (elaborada en conjunto con la UAF) y una propuesta de Modelo para Formular e Implementar un Sistema de Prevención de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos Funcionarios (trabajada por la UAF, en conjunto y acción colaborativa recíproca con el Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno (CAIGG)).
En tanto, en noviembre de 2016, la cartera de Hacienda solicitó actualizar y/o complementar las matrices de riesgo institucional, según las directrices del CAIGG relacionadas con la identificación y evaluación de los riesgos asociados al lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos funcionarios (LA/FT/DF).
En agosto de 2017, en cambio, la Secretaría de Estado informó la necesidad de formular e implementar un Sistema de Prevención del LA/FT/DF, y plasmarlo en un Manual del Sistema de Prevención del LA/FT/DF.
Dicho proceso culminó en diciembre de 2017, y fue coordinado y puesto en práctica por la Unidad de Análisis Financiero vía asesoría y capacitaciones (presenciales y online).
Para continuar avanzando en un modelo que se vaya perfeccionando en el tiempo, en agosto de 2018 se solicitó a todos los ministerios y servicios públicos del Estado, intendencias, gobernaciones y municipalidades, realizar una autoevaluación del funcionamiento de sus sistemas preventivos antilavado y anticorrupción, la que deberá plasmarse en un Informe de Diagnóstico, en el cual se especificarán los niveles de madurez y de capacidad alcanzados en cada organización.
Hitos
Hito 1: El CAIGG solicitó a cada servicio o entidad informar acerca del nombramiento de un funcionario responsable del Sistema Preventivo contra el LA/FT/DF, el de su suplente y la inscripción en el Registro de Entidades Reportantes de la UAF (CAIGG, Oficio Ord. N°12, del 18 junio 2015).
Hito 2: Capacitación de todos los funcionarios públicos responsables de reportar operaciones sospechosas a la UAF, y de coordinar políticas y procedimientos para prevenir los delitos de LA/FT en sus entidades. Para ello, la UAF lanzó el Curso e-Learning “Herramientas para establecer un Sistema Preventivo Antilavado de Dinero y Anticorrupción en las Instituciones Públicas”, que debió ser realizado y aprobado por los funcionarios responsables antes del 31 de diciembre de 2015. El cumplimiento de este Hito fue verificado por las unidades de auditoría interna de cada repartición, debiéndose informar de ello al CAIGG.
Hito 3: El Ministerio de Hacienda solicitó la comunicación de los jefes de servicios a todos sus funcionarios, de las obligaciones derivadas de las normas del inciso sexto del artículo 3° de la Ley N°19.913, antes del 10 de julio de 2016, con el fin de hacer explícito su compromiso y contribuir con la participación activa en la implementación de sistemas de Prevención de LA/FT/DF (Hacienda, Oficio Ord. N°1475, del 17 junio 2016). El cumplimiento de este Hito fue verificado por las unidades de auditoría interna de cada repartición, debiéndose informar de ello al CAIGG.
Hito 4: El Ministerio de Hacienda solicitó actualizar y/o complementar, antes del 30 de diciembre de 2016, la matriz de riesgo institucional, considerando las directrices entregadas por el CAIGG en su Documento Técnico N° 70, versión 0.2, “Implantación, Mantención y Actualización del Proceso de Gestión de Riesgos en el Sector Público", en particular lo señalado en los anexo N° 12 “Conceptos sobre delitos de LA/FT/DF”, N° 13 “Ejemplos de señales de alerta genéricas para delitos de LA/FT/DF” y N° 14 “Señales de alerta de delitos de LA/FT/DF no asociadas con los riesgos incluidos en Matriz de Riesgos Estratégica” (Hacienda, Oficio Ord. N°2664, del 7 noviembre 2016). El CAIGG reportó la evaluación de este Hito en marzo de 2017.
Hito 5: Formular e implementar un Sistema de Prevención de LA/FT/DF de acuerdo a las respectivas peculiaridades, tamaño, características y sector en el que se desarrollan, plasmándolo en un Manual del Sistema de Prevención del LA/FT/DF. Para ello se recomendó utilizar como insumo el Modelo para Formular e Implementar un Sistema de Prevención del LA/FT/DF, distribuido a todos los ministerios y servicios públicos, intendencias, gobernaciones y municipalidades, a través del Oficio Circular N°14, del 21 de junio de 2016. (Hacienda, Oficio Ord. N° 1728, del 7 agosto 2017). Las entidades debieron informar de este Hito al CAIGG antes del 31 de octubre de 2017, de modo que este pudiera consolidar los resultados antes del término del segundo semestre de 2017.
Hito 6: El Ministerio de Hacienda solicitó realizar una autoevaluación del funcionamiento de los Sistemas de Prevención del LA/FT/DF al 31 de diciembre de 2018. Para ello se deben utilizar como insumos el Modelo de Madurez/Capacidad formulado por el CAIGG, los elementos del Cuestionario de Autoevaluación del Oficio Circular N°14/2016, y otros factores, principios y buenas prácticas en la materia. La autoevaluación debe quedar plasmada en un Informe de Diagnóstico, en el cual se deben especificar los niveles de madurez/capacidad alcanzados en cada organización, respecto del funcionamiento del Sistema Preventivo, y el correspondiente plan de trabajo para fortalecer los aspectos que correspondan. Tanto la autoevaluación como el Informe de Diagnóstico deben ser remitidos al jefe del Servicio y al auditor interno, y reportados al CAIGG a más tardar el 30 de enero de 2019. (Hacienda, Circular N° 14, del 27 agosto 2018.)