Asuntos internacionales

Listas de Países no Cooperantes

GAFI

Con el objetivo de que los países apliquen de manera efectiva las medidas legales, reglamentarias y operativas de lucha contra el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y otras amenazas relacionadas con la integridad del sistema financiero internacional, el GAFI colabora constantemente con ellos y sigue de cerca la implementación de sus planes de acción, hasta lograr un progreso adecuado.
En esta línea, el GAFI identifica aquellas jurisdicciones con medidas débiles para combatir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo (LA/FT), y elabora listas públicas acerca de:

1) Los países o jurisdicciones con deficiencias estratégicas tan graves, que el GAFI llama a sus miembros y no miembros a aplicar contramedidas para proteger al sistema financiero internacional.

2) Los países o jurisdicciones para los cuales el GAFI pide a sus miembros que apliquen medidas mejoradas de debida diligencia, proporcionales a los riesgos que surgen de las deficiencias estratégicas detectadas.

3) Los países o jurisdicciones con debilidades estratégicas en sus medidas antiLA/FT, pero que han mostrado un alto compromiso con un plan de acción desarrollado con el GAFI para abordarlas.

La Circular UAF N°59, del 24 de mayo de 2019, establece que los sujetos obligados deben aplicar medidas de DDC Reforzada a las transacciones que eventualmente realicen con países o jurisdicciones que se encuentren bajo proceso de seguimiento del GAFI por deficiencias estratégicas en sus sistemas antiLA/FT.

Adicionalmente, deben aplicar contramedidas a las transacciones que eventualmente realicen con países o jurisdicciones cuando el GAFI haga un llamado en ese sentido.

Cabe destacar que la información obtenida derivada del proceso de revisión de los datos debe ser analizada, a objeto de determinar si procede o no informar de la operación a la UAF, a través de un Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS).

Las listas del GAFI se pueden revisar en https://www.fatf-gafi.org/en/topics/high-risk-and-other-monitored-jurisdictions.html

OCDE

En un informe publicado el año 2000, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE u OECD, por su sigla en inglés) identificó una serie de jurisdicciones como paraísos fiscales, o países no cooperantes o no comprometidos con los estándares de transparencia e intercambio de información fiscal.

Sin embargo, desde el año 2000, todas esas jurisdicciones han asumido con la OCDE compromisos formales con la transparencia y el intercambio de información, y han establecido calendarios para implementarlos.

Como resultado, el Comité de Asuntos Fiscales de la OCDE no tiene, en la actualidad, a ninguna jurisdicción listada como paraíso fiscal o país no cooperante.

Más información en http://www.oecd.org/countries/liechtenstein/listofunco-operativetaxhavens.htm

volverimprimirsubir