Asuntos internacionales
Listas de países/jurisdicciones con régimen fiscal preferencial
El artículo 41 H de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) especifica los criterios para considerar que un territorio o jurisdicción tiene un régimen fiscal preferencial cuando se cumplan, a lo menos, dos de los requisitos señalados en dicha norma.
En este contexto, el Servicio de Impuestos Internos (SII) publica un listado de países y jurisdicciones que se considera tienen un régimen fiscal preferencial, o de nula o baja tributación.
La nómina se actualiza al menos una vez al año para recoger los cambios que puedan producirse en el comportamiento de los países.
De acuerdo con la Circular UAF N°59, del 24 de mayo de 2019, las personas naturales y jurídicas señaladas en el artículo 3° de la Ley N° 19.913 deben guardar especial observancia en su quehacer diario a las transacciones que eventualmente realicen con países o jurisdicciones que se encuentren en el listado publicado por el SII, sobre países y jurisdicciones que se considera tienen un régimen fiscal preferencial.
Cabe destacar que la información obtenida derivada del proceso de revisión de los datos debe ser analizada, a objeto de determinar si procede o no informar de la operación a la UAF, a través de un Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS).
Resolución N°55 del SII, publicada el 5 de julio de 2018, que actualiza la lista de países y jurisdicciones frente a las normas del artículo 41 H de la LIR, disponible en http://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2018/reso55.pdf
Anexo 1: Países miembros de la OCDE a los que no les resulta aplicable lo dispuesto en el artículo 41 H de la LIR, disponible en http://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2018/reso55_anexo1.pdf
Anexo 2: Listado de países que se considera tienen un régimen fiscal preferencial, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41H de la LIR, disponible en http://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2018/reso55_anexo2.pdf